PERSONA FÍSICA O AUTÓNOMO

Persona física o autónomoSi su negocio o actividad es de reducida dimensión, quizá pueda interesarle gestionar el mismo, como persona física o autónomo. En esta opción usted estará sujeto al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y los ingresos netos de su actividad, tributarán al tipo de gravamen establecido en el impuesto de la renta de las personas físicas con escalas del 19% al 47% según la cuantía de sus ingresos netos. Dentro de esta opción y según el tipo de actividad usted podrá elegir el sistema fiscal que más le convenga.

Estimación objetiva o módulos

En este supuesto y siempre que su actividad pueda estar en este modelo, los ingresos netos de su actividad le vendrán prefijados con independencia de que en la realidad los mismos sean superiores o inferiores a los fijados por la ley.

Estimacion directa

En este supuesto usted tributará fiscalmente a la hacienda pública en función del rendimiento neto resultante de su actividad, es decir a sus ingresos le descontará los gastos y la cuantía resultante será la que quede afecta a la liquidación del IRPF, que en función de ser ingresos mayores o menores se incluirá en una escala de tributación fiscal igualmente mayor o menor.