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B) PERSONA JURIDICA O SOCIEDAD.
Si usted prevé que los ingresos de su
actividad van a ser altos, entonces quizás lo que a
usted le interesa constituir es una sociedad.
Hay muchos tipos de sociedades, la
más habitual es la de responsabilidad limitada, que
puede ser unipersonal, es decir integrada por un solo
socio, o la puede conformar, varios socios cada uno de
los cuales tendrá la participación que le corresponda.
Esta figura empresarial tiene la
ventaja, de que tiene personalidad jurídica propia e
independiente, y por ello de las deudas y obligaciones
de la misma no responden los socios con su capital, sino
la propia sociedad con su capital social siendo el
mínimo de dicho capital
3.006,00 €.
El tipo de gravamen al que va a
tributar si elige esta forma jurídica para
instrumentalizar su negocio, es del
25%
de sus ingresos netos, siempre y cuando los mismos no
superen la cuantía de hasta
120.000 €,
y el
30%
para beneficios netos superiores a
120.000 €.
Otra ventaja de las sociedades es su
mayor maniobrabilidad contable y fiscal, que permite al
asesor, un mayor margen de libertad a la hora de
orientar los resultados de la actividad, obteniendo con
ello una optimización fiscal y un mayor rendimiento. |