Voy a montar una empresa, ¿que necesito?. Soy persona Física


A) PERSONA FÍSICA O AUTÓNOMO. 

Si su negocio o actividad es de reducida dimensión, quizá pueda interesarle gestionar el mismo, como persona física o autónomo. 
En esta opción usted estará sujeto al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y los ingresos netos de su actividad, tributarán al tipo de gravamen establecido en el impuesto de la renta de las personas físicas con escalas del
15% al 42% según la cuantía de sus ingresos netos.
 Dentro de esta opción y según el tipo de actividad usted podrá elegir el sistema fiscal que más le convenga.

 A.1. Estimación objetiva o módulos.

 En este supuesto y siempre que su  actividad pueda estar en este modelo, los ingresos netos de su actividad le vendrán prefijados con independencia de que en la realidad los mismos sean superiores o inferiores a los fijados por la ley

 A.2. Estimacion directa

En este supuesto usted tributará fiscalmente a la hacienda pública en función del rendimiento neto resultante de su actividad, es decir a sus ingresos le descontará los gastos y la cuantía resultante será la que quede afecta a la liquidación del IRPF, que en función de ser ingresos mayores o menores se incluirá en una escala de tributación fiscal igualmente mayor o menor.