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El primer paso es obtener el
certificado del nombre de su sociedad ante el Registro
Mercantil. La dificultad aquí reside en que el
Registrador que es quien debe finalmente calificar el
nombre, no deniegue la certificación de dicho nombre,
bien porque el solicitado se parezca fonéticamente a
otro ya reservado, o el solicitado reúna alguna de las
prohibiciones que marca la Ley.
El segundo paso sería obtener el
código de identificación fiscal, es decir el Dni de las
sociedades, o el número a través del cual se la
identifica.
El tercer paso consistiría en la
apertura de una cuenta bancaria a nombre de dicha
sociedad, con un capital mínimo de
3006,00 €.
Si usted carece de liquidez económica puede aportar al
capital social, otro tipo de bien, distinto del dinero,
siempre y cuando su valor sea igual o superior a
3.006,00 Euros.
Seguidamente y tras la elaboración de
los estatutos correspondientes, se otorgaría la
escritura de constitución ante notario y posteriormente
se liquida el impuesto de transmisiones patrimoniales, y
se inscribe la sociedad en el Registro Mercantil.
Estos pasos aunque fáciles suelen
tener una duración de un mes para su completa
tramitación. |